SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1455/2012
Fecha: 24-Sep-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En proceso penal fue imputada por la presunta comisión de un hecho delictivo, causa sorteada al Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal, que dada la vacación judicial, fue conocida por su similar el Juez Primero, quien señaló audiencia para el 22 de junio de 2012, declarando en la misma su rebeldía y expedido mandamiento de aprehensión en su contra. Agrega, que pese a haberse presentado al Juzgado a través de memoriales de incidente de nulidad de imputación y justificación de inasistencia al indicado acto procesal, sin fundamento legal alguno, se mantiene su declaratoria de rebeldía con los consiguientes riesgos para su libertad personal.
Invoca la aplicación de la “SC 0038/2012”, indicando que “1. No es evidente que una incidencia de nulidad de imputación impide mientras no se resuelva la realización de la audiencia cautelar. 2. No es evidente que mientras este suspendida la audiencia cautelar, no pueden ser efectivizados los efectos de una supuesta declaración de rebeldía y contumacia. 3. No es evidente que habiendo justificado en forma clara y evidente, lo señalado en líneas anteriores corresponde dejar sin efecto la declaratoria de rebeldía, resguardando las garantías del debido proceso” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.1.1. El Derecho a la vida y a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.1.2. De la acción de libertad
- III.2. Persecución ilegal
- 1) No comparezca sin causa justificada a una citación de conformidad a lo previsto en este Código
- III.4.1. Con relación a la persecución ilegal
- III.4.2. Con relación a la declaratoria de rebeldía
- III.5. Otras consideraciones
- “La audiencia será oral y su desarrollo constará en acta, pudiendo utilizarse otros medios de registro, excepto en los casos prohibidos por Ley”
- APROBAR