Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1476/2012
Fecha: 24-Sep-2012
II.10.
II.10.Informe de Inspección de Verificación de 15 de junio de 2012, de Ximena Morales Peláez, Inspectora Departamental de Trabajo a Giovanna Maldonado Moscoso Jefe Departamental de Trabajo, quién manifestó que Lucio Gonzales Cartagena, Rector de la UMSS no cumplió con la conminatoria de reincorporación de Hernán Zárate Filipps, por lo que debe acudir a la vía legal, en razón de haber agotado la vía administrativa, correspondiendo declinar competencia (fs. 25).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- 1)
- II.1.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Marco constitucional y normativo sobre la estabilidad laboral
- III.3. Sobre el procedimiento de reincorporación establecidos en el DS 28699 de 1 de mayo de 2006
- III.4. El DS 28699 de 1 de mayo de 2006 y su modificación por el DS 0495 de 1 de mayo de 2010
- únicamente
- III.5. La subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- esto debido a que la justicia constitucional sólo viabiliza la tutela inmediata ante la decisión unilateral del empleador que opta por un despido intempestivo sin causa legal justificada.
- III.6. Análisis del caso concreto
- APROBAR