SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1486/2012
Fecha: 24-Sep-2012
a)
El abogado del accionante ratificó el tenor íntegro de la demanda y la amplió con los siguientes fundamentos: a) La entonces Corte Suprema de Justicia, ordenó la cancelación de los dividendos, de los daños y perjuicios a José Mamerto Durán Natusch (fallecido) y cuando se pretendió ejecutar la Sentencia, se notificó a sus herederos, quienes opusieron una excepción de impersonería, para ser demandados; b) La referida Sala Civil determinó que, Roxana Balcázar Gutiérrez Vda. de Durán, no tenía la obligación de rendir cuentas señalando que no es un legado ni es una deuda; y, c) Por lo que, se pide la rendición de cuentas (para tener los montos exactos), de la sentencia y su ejecutoria, de no darse, todo el juicio sería en vano ya que se estaría violando el debido proceso.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- de la legalidad ordinaria
- 'La jurisdicción ordinaria se ejerce por el Tribunal Supremo de Justicia, los tribunales departamentales de justicia, los tribunales de sentencia y los jueces
- 3) Qué derechos fundamentales han sido lesionados con dicha interpretación que considera arbitraria y a los resultados que hubiese arribado con la interpretación que indica es la correcta, 'estableciendo el nexo de causalidad entre éstos y la interpretación impugnada; dado que sólo de esta manera la problemática planteada por el recurrente, tendrá relevancia constitucional'
- III.3. Análisis del caso concreto
- concedido
- REVOCAR