Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1486/2012
Fecha: 24-Sep-2012
II.5.
II.5. Roxana Balcázar Gutiérrez Vda. de Durán, presentó excepción perentoria de incapacidad procesal por falta de legitimación ad processum (oponiéndose a la entrega de la administración); empero, el Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial, la declaró improbada, señalando la entrega, administración y todos sus bienes en favor del socio mayoritario (Adalberto Durán Natusch) (fs. 34).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- de la legalidad ordinaria
- 'La jurisdicción ordinaria se ejerce por el Tribunal Supremo de Justicia, los tribunales departamentales de justicia, los tribunales de sentencia y los jueces
- 3) Qué derechos fundamentales han sido lesionados con dicha interpretación que considera arbitraria y a los resultados que hubiese arribado con la interpretación que indica es la correcta, 'estableciendo el nexo de causalidad entre éstos y la interpretación impugnada; dado que sólo de esta manera la problemática planteada por el recurrente, tendrá relevancia constitucional'
- III.3. Análisis del caso concreto
- concedido
- REVOCAR