Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1522/2012
Fecha: 24-Sep-2012
II.4.
II.4. Publicación en el periódico de circulación nacional “La Prensa”, donde manifiesta que Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, aclaró: “que los mencionados procesos que analiza abrir, se refieren a los supuestos hechos de corrupción en que incurrieron los líderes del TIPNIS, como resultado de un juicio pendiente que mantiene la Gobernación del Beni…” (fs. 24).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Presentación de prueba en la acción de libertad
- III.3. De la legitimación pasiva en la acción de libertad
- su inobservancia neutraliza la acción tutelar e impide a este tribunal ingresar al análisis de fondo de los hechos denunciados, ello debido a la falta de legitimación pasiva
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR