Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1522/2012
Fecha: 24-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes por su representado denuncian que el Ministro de la Presidencia y el Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda; vulneraron los derechos a ejercer su libertad y a la libre transitabilidad, toda vez que dichas autoridades a través de los medios de comunicación, afirmaron que se procesará a los dirigentes que obstaculicen la consulta, así como también que supuestamente ya se emitieron mandamientos de apremio contra su defendido, por oponer resistencia y obstaculizar el proceso de consulta en el TIPNIS. Por lo que corresponde analizar en revisión si tales extremos son evidentes a fin de otorgar la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Presentación de prueba en la acción de libertad
- III.3. De la legitimación pasiva en la acción de libertad
- su inobservancia neutraliza la acción tutelar e impide a este tribunal ingresar al análisis de fondo de los hechos denunciados, ello debido a la falta de legitimación pasiva
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR