Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1548/2012
Fecha: 24-Sep-2012
II.1.
II.1. Angélica Pastora Seleme Zubieta, en la vía administrativa demandó ante el Director del Servicio Departamental de Registro Civil de Cochabamba, la cancelación de registro por doble partida matrimonial con René Jiménez Roca, por el que se puede establecer que efectivamente en la demanda no se menciona el nombre de Iván José Antonio Severiche, por lo tanto no forma parte de la demanda (fs. 3 a 4 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concede en parte la tutela solicitada,
- I.3. Consideraciones de sala
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- es un recurso extraordinario y no subsidiario establecido para proteger y en su caso restablecer los derechos consagrados en la Constitución Política del Estado.
- III.2. Respecto al derecho al debido proceso y la legítima defensa
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- concedido en parte
- APROBAR