Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1589/2012
Fecha: 24-Sep-2012
II.6.
II.6. Mediante escrito de 3 de diciembre de 2010, PRAXAIR BOLIVIA S.R.L. y “Hielo Seco” interpusieron demanda de declaratoria de inexistencia de relación laboral, en la cual no existe sello de recepción; sin embargo, cursa en obrados reporte del sistema judicial boliviano, donde se refiere como fecha de ingreso del proceso el 7 del mismo mes y año y la asignación de la demanda al Juzgado Tercero de Partido de Trabajo y Seguridad Social (fs. 249 a 269).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 2
- I.2.2. Informe del demando
- “IMPROCEDENTE”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el derecho al trabajo y a la remuneración justa
- III.3. Con relación al derecho a la estabilidad laboral
- III.4. El DS 28699 de 1 de mayo de 2006 y su posterior modificación por el DS 495 de 1 de mayo de 2010
- III.5. Excepción al carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional, en razón a la necesidad de protección inmediata de algunos derechos constitucionales
- III.6. Análisis del caso concreto
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