AUTO CONSTITUCIONAL 0003/2013-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0003/2013-RCA

Fecha: 10-Ene-2013

Fragmento 9

El Tribunal de garantías, declaró improcedente la acción de amparo, argumentando que no habría agotado las instancias legales de la vía ordinaria, subsistiendo en consecuencia el principio de subsidiariedad. Sin embrago, en el caso que se analiza se constata que los mandantes, presentaron recurso de apelación incidental (fs. 52 a 55 vta.) amparados en los arts. 403 y 404 del CPP, mismo que fue declarado improcedente por Auto de Vista 146 de 12 de diciembre de 2011 (fs. 66 a 67 vta.), y al no existir recurso ulterior contra las resoluciones que resuelven la apelación de los incidentes previstos en el art. 403 del referido cuerpo normativo, se habrían agotado todas las instancias de la vía ordinaria, cumpliendo así con el principio de subsidiariedad.