Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0003/2013-RCA
Fecha: 10-Ene-2013
II.1. Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional
Con carácter previo a ingresar a la verificación de los requisitos de procedencia exigidos para la presente acción, es menester señalar que para el análisis y resolución de la presente, se aplicará la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, tomando en cuenta que la misma fue presentada el 7 de febrero de 2012 (fs. 78), fecha en que la referida norma legal se encontraba vigente.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- Fragmento 4
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.1. Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2. Revisión de las resoluciones de rechazo e improcedencia in limine por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3.
- Fragmento 9
- recursos que deberán ser interpuestos con carácter previo, puesto que sólo ante el agotamiento de los mismos la jurisdicción constitucional, a través del amparo, quedará abierta para el análisis y consideración de los actos u omisiones que impliquen lesión de los derechos y garantías constitucionales
- II.5. Análisis previo a la admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 12
- requisitos de contenido del art. 77 num. 3, 4 y 6 de la LTCP
- 3)
- 1)