Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0003/2013-RCA
Fecha: 10-Ene-2013
I.3. Petitorio
Los accionantes solicitan se conceda el amparo impetrado, disponiendo se anule los Autos interlocutorio 235/2011 de 10 de septiembre, dictado por la Jueza del Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal; y, de Vista 146 de 12 de diciembre de igual año, dictado por los Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia Santa Cruz; y en consecuencia, se ordene la prosecución del procesamiento contra el abogado Victoriano Morón Cuellar.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- Fragmento 4
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.1. Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2. Revisión de las resoluciones de rechazo e improcedencia in limine por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3.
- Fragmento 9
- recursos que deberán ser interpuestos con carácter previo, puesto que sólo ante el agotamiento de los mismos la jurisdicción constitucional, a través del amparo, quedará abierta para el análisis y consideración de los actos u omisiones que impliquen lesión de los derechos y garantías constitucionales
- II.5. Análisis previo a la admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 12
- requisitos de contenido del art. 77 num. 3, 4 y 6 de la LTCP
- 3)
- 1)