SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2013

Fecha: 04-Ene-2013

I.2.1. Ratificación y ampliación de la demanda

El abogado del accionante ratificó la demanda, señalando además que se puede evidenciar que sus hoy representados, presentaron sus solicitudes el 23 de octubre de 2012 y que el Juez demandado señaló la audiencia para el 26 y no para el 5 de noviembre del año en curso como alega, no existiendo motivo alguno que justifique un incumplimiento de deberes al retardar el verificativo de la audiencia de la cesación de detención preventiva de sus representados.