SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2013

Fecha: 04-Ene-2013

III.3. Plazo para el señalamiento de audiencia de consideración de solicitudes de cesación de detención preventiva

Si bien por regla general todas las actuaciones jurisdiccionales deben procurar la materialización del principio de celeridad, pero fundamentalmente aquellas que corresponden al ámbito penal, puesto que es en dichas actuaciones en las que se resolverán aspectos concernientes a la libertad de las personas.