SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2013

Fecha: 04-Ene-2013

II.6.

II.6.  Del acta de audiencia pública de consideración de incidente de actividad procesal defectuosa, se advierte que el ahora accionante no asistió a la audiencia de 10 de octubre de 2012, razón por la cual en la audiencia la parte querellante pidió se desestime su solicitud de suspensión de audiencia, en razón a que el certificado médico adjuntado como prueba no tiene ningún valor legal por no haber sido expedido por el Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF), por lo que solicitó a la vez se emita la orden de aprehensión (fs. 18).