SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2013

Fecha: 04-Ene-2013

III.4. Análisis del caso concreto

En el caso concreto, el accionante, no asistió a la audiencia de consideración de incidente a de actividad procesal defectuosa de 10 de octubre de 2012, interpuesta por su persona, para su justificación el mismo día presento memorial pidiendo se suspenda la audiencia, adjuntando certificado médico extendido por la Clínica “Señor de la Exaltación”; al no ser extendido con las formalidades de ley, el Juez ahora demandado, mediante Resolución 731/2012 declaró su rebeldía; asimismo, expidió mandamiento de aprehensión; ante la emisión de la Resolución referida, el accionante por memorial purgó rebeldía por lo que el Juez de la causa mediante providencia de 15 de octubre de 2012, rectificada por providencia de 18 de octubre del mismo año, dispuso por purgada la rebeldía del accionante y dejó sin efecto las medidas impuestas por Resolución 731/2012 de 10 de octubre de 2012; es decir, dejó sin efecto el mandamiento de aprehensión.