SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0052/2013
Fecha: 11-Ene-2013
concedió
La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Resolución 81 de 28 de septiembre de 2012, cursante de fs. 61 a 63 vta., concedió la tutela, disponiendo la nulidad de los Autos de Vista de 28 de marzo y 4 de mayo de 2012, emitidos por los Vocales demandados, debiendo dictar uno nuevo admitiendo el recurso de apelación incidental planteado por la accionante; fundamentando que del texto completo de la redacción del acta de audiencia conclusiva, se entiende que la imputada ejerce el derecho a la apelación, respecto del cambio de depositario, es más, el art. 116.I de la CPE, establece que en caso de duda se debe interpretar jurídicamente la norma en favor de la imputada y el imputado y tiene todo el derecho a formular apelación de una resolución que le es desfavorable; en ese sentido, se tiene la evidencia de que los Vocales interpretaron de manera restrictiva, limitativa el derecho de la imputada a la impugnación de las Resoluciones dictadas por los jueces inferiores.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- generalidad
- III
- III.3. Principio de favorabilidad en materia penal
- Fragmento 16
- III.4. Análisis del caso concreto
- conceder
- Fragmento 19