Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0057/2013
Fecha: 11-Ene-2013
I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
Remitido el expediente ante este Tribunal Constitucional Plurinacional y producido el sorteo, de conformidad a ley, se dispuso requerir al Juez de Instrucción Penal de Riberalta del departamento de Beni, la remisión de documentación complementaria, así como la suspensión del plazo para la emisión de la presente Resolución mediante proveído de 14 de diciembre de 2012 (fs. 167), habiéndose reanudado por decreto de 16 de enero de 2013 (fs. 184).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Al contrario, cuando aquella motivación no existe y se emite únicamente la conclusión a la que se ha arribado, son razonables las dudas del justiciable en sentido de que los hechos no fueron juzgados conforme a los principios y valores supremos, vale decir, no se le convence que ha actuado con apego a la justicia, por lo mismo se le abren los canales que la Ley Fundamental le otorga para que en búsqueda de la justicia, acuda a este Tribunal como contralor de la misma, a fin de que dentro del proceso se observen sus derechos y garantías fundamentales, y así pueda obtener una resolución que ordene la restitución de dichos derechos y garantías,
- III.4. Del análisis de caso concreto
- de oficio