SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2013

Fecha: 11-Ene-2013

III.4.Sobre la interpretación de la legalidad ordinaria

La justicia constitucional se pronunció que, si bien la interpretación de la legalidad ordinaria es una labor de jurisdicción común, corresponde a la jurisdicción constitucional comprobar si en esa labor interpretativa no se quebrantaron principios constitucionales, como ser de legalidad, seguridad jurídica, proporcionalidad, igualdad, jerarquía normativa y debido proceso, los cuales se encuentran relacionados a todos los administradores de justicia del país, ya que la jurisdicción constitucional tiene competencia de otorgar la protección pretendida, a través de las acciones de tutela establecidas en los arts. 125 y 128 de la CPE, ante vulneraciones a los derechos y garantías constitucionales, ocasionadas por una interpretación que tenga su origen en la jurisdicción ordinaria, que infrinja principios y valores constitucionales.