SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2013

Fecha: 17-Ene-2013

cómplice

Según la doctrina del Derecho Penal, la complicidad consiste en la acción de cooperación que se presta a otro en la realización de un hecho punible doloso, ya sea comisivo u omisivo. De manera que, cómplice es aquella persona que auxilia, contribuyendo o favoreciendo eficazmente al ejecutor o ejecutores del delito, colaborando voluntariamente sin incidir en la realización del hecho. Su actuación es importante para la consecución del acto, pero no es esencial. Dicho desde otra perspectiva, cómplice es aquella persona que, sin ser autora de un delito, coopera a su perpetración por actos anteriores o simultáneos; y, a veces también posteriores, si ellos se ejecutan en cumplimiento de promesas anteriores.

El Código Penal, en su art. 23, define al cómplice en los siguientes términos: “Es cómplice el que dolosamente facilite o coopere a la ejecución del hecho antijurídico doloso, en tal forma que aún sin esa ayuda se habría cometido; y el que en virtud de promesas anteriores, preste asistencia o ayuda con posterioridad al hecho…”.

Cabe señalar que este Código hace una clara diferenciación entre el autor y el cómplice de un delito; pues, según la norma prevista por el art. 20: “Son autores quienes realizan el hecho por sí solos, conjuntamente, por medio de otro o los que dolosamente prestan una cooperación de tal naturaleza, sin la cual no habría podido cometerse el hecho antijurídico doloso.

Al existir esta diferenciación entre el autor y el cómplice, queda claro que la forma y el nivel de participación difiere; por lo mismo, también difiere la situación jurídica en el proceso. Por lo que, ante una acusación formal planteada en su contra, el autor se defiende desvirtuando la hipótesis acusatoria con relación a su participación directa en la comisión del delito; en cambio, el cómplice se defiende desvirtuando la hipótesis acusatoria referida a la supuesta cooperación que habría brindado al autor para la comisión del hecho delictivo.