Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
El Magistrado que suscribe, ha expresado su disidencia con laSCP1210/2013-L de 4 de octubre; en base a los siguientes fundamentos:
Fecha: 04-Oct-2013
II.4.
II.4.Cursa la papeleta de pago de impuestos extendido por el GobiernoAutónomo Municipal de Santa Cruz de junio de 2011 (fs. 3). Y el folio real7.01.1.06.0010325 extendido por la oficina de DD.RR. el 12 de octubre de2011, del inmueble ubicado en la zona este UV 152, que en el asiento A-1,se encuentra registrado Dante Gustavo Quiñones Vargas, por compraventa, mediante escritura pública 993/94 (fs. 2).
- I.1. De la acción amparo constitucional, su ámbito de protección
- I.2. Sobre las actuaciones sin sustento legal ligadas al avasallamiento, cuando no se pueda definir la fecha del mismo
- ii) Para el caso específico de vías de hecho vinculadas al avasallamiento, al margen de la carga probatoria desarrollada en el anterior inciso, el peticionante de tutela debe acreditar su titularidad o dominialidad del bien en relación al cual se ejerció vías de hecho, aspecto demostrado con el registro de propiedad en mérito del cual se genera el derecho de oponibilidad frente a terceros.
- II. ANTECEDENTES
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. Conclusión del caso en análisis y aplicación del Fundamento Jurídico