La suscrita Magistrada expresa su disidencia con lo resuelto por la SCP 1905/2013 de 29 de octubre, por los siguientes fundamentos de orden constitucional.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

La suscrita Magistrada expresa su disidencia con lo resuelto por la SCP 1905/2013 de 29 de octubre, por los siguientes fundamentos de orden constitucional.

Fecha: 29-Oct-2013

I. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DELA DISIDENCIA

La parte accionante, en representación legal de MEGACENTER LA PAZ S.A., demanda la inconstitucionalidad del art. 1.II de la Resolución Regulatorio 01-00012-11, que incorpora el art. 54 a la Resolución Regulatoria 01-00005-11, que es el Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley de Juegos de Lotería y de Azar, por infringir los derechos fundamentales al debido proceso, derecho de acceso a la justicia y a la defensa, por condicionar, mediante la normativa impugnada por la presente acción el recurso de revocatoria, al pago de la sanción impuesta, por ser presuntamente contrarios a los arts. 13.IV, 14.IV, 115.II, 116.I, 117.II y 118.I de la Constitución Política del Estado (CPE).