Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1169/2013-L
Fecha: 04-Oct-2013
II.7.
II.7. Mediante Resolución RD 03-065-08, de 17 de junio de 2008, emitida por la ANB, se resolvió: Otorgar la Licencia de Despachante de Aduana a Amílcar Saúl Alcalá; asimismo, señala que “La Aduana Nacional revocará la Licencia de Despachante de Aduana, cuando se compruebe en proceso judicial con fallo ejecutoriado, la falsedad material o ideológica de cualesquiera de los certificados o documentos presentados, como requisitos para habilitarse a los exámenes de suficiencia, de conformidad al artículo 50 del Reglamento a la Ley General de Aduanas” (sic) (fs. 37 a 38).
- Luis Fernando Flores Claure
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y Garantías supuestamente vulneradas
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- al bloque de convencionalidad, establecer sus directrices convencionales; en ese orden, en una interpretación sistémica de los arts. 115.I y II, 116.I y II, 117 I y II, 119.I y II y 120 I y II de la CPE; 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; y 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos, se concluye que para todo proceso jurisdiccional, administrativo o corporativo, el debido proceso, está compuesto por elementos esenciales entre los cuales se encuentran: Los derechos al juez competente, imparcial e independiente; al juicio previo, a la defensa técnica y material, a la doble instancia, a la tutela judicial efectiva, al acceso a la justicia, entre otros
- Fragmento 24
- III.3. Del derecho al trabajo y comercio
- Fragmento 26
- interponiendo recurso de revocatoria
- La Resolución denegatoria del recurso agotará al procedimiento administrativo, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso administrativa, conforme al artículo 118 (I), inciso 7° de la Constitución Política del Estado, dentro de la cual la acción se dirigirá contra el Presidente Ejecutivo de la Aduana Nacional en su condición de representante legal
- Fragmento 29
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte