SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1173/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1173/2013-L

Fecha: 04-Oct-2013

II.7.

II.7.    Cursa Resolución 011/2010 de 11 de marzo, donde Aníbal Miranda Balboa, entonces Juez Tercero de Partido Penal Liquidador declaró la nulidad de obrados y en consecuencia la prohibición de afectar el derecho propietario de los terceros, instruyendo el levantamiento de la hipoteca contra los bienes de los incidentistas, fundamentando que ellos demostraron ser lo legítimos dueños de los bienes inmuebles objeto del incidente siendo los mismos sujetos de derecho propio y que la constitución proclama como un derecho fundamental el respeto a la propiedad privada; además, se ha vulnerado el debido proceso; puesto que es obligación del juzgador sanear el proceso y en virtud de ésto, disponer previamente la conminatoria a la parte demandada, ya que en el presente caso se establece que la parte civil solicitó directamente las medidas previas al remate, sin que exista conminatoria a la ejecutada y condenada del resarcimiento del daño para el pago, haciendo incurrir en error al juzgador (fs. 129 a 131).