SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1180/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1180/2013-L

Fecha: 04-Oct-2013

Respecto a la precisión de los derechos y/o garantías que se consideran vulnerados.

Respecto a la precisión de los derechos y/o garantías que se consideran vulnerados. En la especie, el accionante de manera desordenada identifica como derechos vulnerados, la propiedad privada, el debido proceso, así como el trabajo; empero, no expresa ni fundamenta de qué manera o a través de qué hechos, las autoridades demandadas  vulneraron, suprimieron o restringieron tales derechos, limitándose únicamente a citarlos, sin explicar ni acreditar cuales han sido las consecuencias de la supuesta lesión de tales derechos.

En efecto, el accionante precisa como acto lesivo, la Instructiva 99/2011 emitida por el Fiscal departamental a.i. de Santa Cruz, por el cual se instruye al Fiscal de Materia adscrito a San Julián cumplir estrictamente la RA 26/2008, mas no señala ni precisa de qué manera se vulneraron sus derechos constitucionales, como es que se restringió su derecho al debido proceso, a la propiedad privada o al trabajo, pues sólo se limita a señalar que la decisión fiscal sería arbitraria y abusiva. Lo que nos lleva a evidenciar efectivamente, la ausencia de subsunción de los hechos con los derechos lesionados, que si bien se constituye un método que en muchos fallos, se señaló que debe ser superado, ello no hace que no pueda ser verificado, a efectos precisamente de conceder una tutela efectiva acorde con los hechos materialmente ocurridos.