SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1194/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1194/2013-L

Fecha: 04-Oct-2013

concedió

La Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 17 de 19 de abril de 2012, cursante de fs. 177 a 180 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo la inmediata reincorporación del accionante a su fuente laboral al momento del despido, con el reconocimiento de sus sueldos devengados y demás derechos sociales actualizados a la fecha del pago conforme la “Resolución Administrativa de reincorporación” que cursa en antecedentes, de acuerdo a los siguientes fundamentos: a) El accionante contrajo matrimonio con Erika Andrea Algarañaz Oviedo el 28 de noviembre de 2009, unión conyugal de la que nació el 19 de octubre de 2011, el niño AA, evidenciando que el menor no llegó a cumplir el año de edad; b) El DS 0012 de 19 de febrero de 2009, reglamenta la inamovilidad funcionaria o laboral de la madre o del padre progenitor, durante el primer año de edad de los hijos, situación desconocida por la empresa LAB S.A. pero que, también, se encuentra previsto por el DS 0495 de 1 de mayo de 2010 y, en los arts. 46 y 48 de la CPE; y, c) La SC 0764/2011-R de 20 de mayo, refiriéndose al art. 48 de la CPE, desarrolló un entendimiento uniforme con el sentido de protección de las mujeres en estado de embarazo y de los progenitores, hasta que la o el hijo cumplan un año de edad, incluso en el caso de que la madre trabajadora hubiera sido sometida a proceso administrativo y disciplinario con sanción de destitución, la medida punitiva deberá ser postergada en su ejecución en tanto la o el hijo no cumpla un año de edad, en protección de los derechos de carácter primario de salud, vida y seguridad social; motivos por lo que concedieron la tutela solicitada.