Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1194/2013-L
Fecha: 04-Oct-2013
II.2.
II.2. Contrato individual de trabajo de 14 de julio de 2003, suscrito por el LAB S.A. y Serafín Arce Claros, para que desempeñe funciones de Coordinador de Investigaciones de Accidentes e incidentes bajo dependencia jerárquica del Comité de Seguridad de Vuelo, con un salario mensual de Bs.4775.-(cuatro mil setecientos setenta y cinco bolivianos) sujeto a impuestos, aportes y descuentos, como contrato de plazo indefinido reservando el derecho de la empresa para rescindir el contrato dentro de los noventa (90) días de prueba que establece la ley (fs. 5 y 6).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la persona demandada
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de
- III.2. Del incumplimiento a la obligatoriedad de reincorporación laboral y la excepción a la subsidiariedad para el resguardo de la estabilidad laboral
- III.3. De la garantía de inamovilidad laboral de la mujer embarazada y del progenitor
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte