Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1194/2013-L
Fecha: 04-Oct-2013
II.9.
II.9. Resolución de 16 de septiembre de 2011, emitida por Juan Carlos Mustafá Veizaga, Jefe Departamental de Trabajo de Santa Cruz del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, declinando su competencia y estableciendo que, independientemente del estado civil del trabajador, este goza de inamovilidad laboral desde la gestación hasta que su hijo cumpla un año de edad, no pudiendo ser despedido, afectarse su nivel salarial ni su ubicación en el puesto de trabajo (fs. 93 a 94).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la persona demandada
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de
- III.2. Del incumplimiento a la obligatoriedad de reincorporación laboral y la excepción a la subsidiariedad para el resguardo de la estabilidad laboral
- III.3. De la garantía de inamovilidad laboral de la mujer embarazada y del progenitor
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte