SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1208/2013-L
Fecha: 04-Oct-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, alega la vulneración de los derechos a la “seguridad jurídica”, a la defensa y al debido proceso; por cuanto, dentro del proceso sumario iniciado en su contra por la ANB se emitió la Resolución AN-GEGPC-SM 59/2008, determinando su responsabilidad administrativa, la cual fue confirmada por la Resolución del recurso de revocatoria, a cuya consecuencia planteó recurso jerárquico que remitido a la Superintendencia del Servicio Civil, esta instancia anuló obrados hasta la resolución que resolvió el recurso de revocatoria; motivo por el cual la Sumariante, sin considerar la prueba ofrecida, nuevamente emitió resolución de revocatoria confirmando el auto impugnado; por lo que una vez planteado el recurso jerárquico, la Superintendencia del Servicio Civil confirmó la resolución impugnada sin corregir los errores procedimentales de la instancia inferior ni fundamentar o realizar una valoración propia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional
- Fragmento 13
- III.2. Legitimación pasiva de ex funcionarios públicos
- A momento de considerar la legitimación pasiva de autoridades públicas en razón a cambios continuos de la administración pública es posible demandar contra el cargo o la función pública en cuyo ejercicio pudieron cometerse los actos violatorios denunciados, al no ser atinente a la voluntad del accionante el cambio de servidores públicos, por ello tampoco sus derechos pueden quedar en suspenso por el cambio de autoridades y servidores públicos
- III.3
- III.4. Respecto al derecho a la defensa
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR