SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1214/2013-L
Fecha: 04-Oct-2013
6 de diciembre de 2011
Bajo ese entendimiento es menester señalar que la demanda de acción de amparo constitucional fue presentada el 6 de diciembre de 2011 según el sello de cargo de fs. 57 vta., siendo observada el 7 del mismo mes y año, siendo admitida la demanda por Auto 89/2011 de 13 de diciembre, en el que no se señaló día y hora para la consideración de la presente acción tutelar, al indicar: “se señala audiencia que se realizara al cabo de 48 horas computables a partir de la citación a la parte recurrida” (sic) (fs. 70); es decir, se deja abierta la posibilidad de la realización de la audiencia de amparo constitucional a disposición del Oficial de Diligencias del Tribunal de garantías, en franca vulneración de los arts. 129 de la CPE y 56 del CPCo y causando incertidumbre a los justiciables, efectuándose la audiencia de la presente acción tutelar el 5 de julio de 2012, según se desprende de fs. 149 a 155; a los siete meses aproximadamente de presentada la demanda que nos ocupa, de lo que se concluye que el presente proceso ha sido objeto de dilación en su tramitación desvirtuando la naturaleza jurídica del amparo, por cuanto además de incumplirse los plazos establecidos por la norma, se ha soslayado el hecho que toda parte accionante necesita la protección inmediata de sus derechos supuestamente vulnerados y no puede estar sujeta a señalamientos inciertos e imprecisos, ni al negligente trabajo tanto del Tribunal de garantías como del personal subalterno como es el Oficial de Diligencias.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- “improcedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De la subsidiariedad en el amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Actuación del Tribunal de garantías
- 6 de diciembre de 2011
- 2º