SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1218/2013-L
Fecha: 04-Oct-2013
i)
José Rejas Salazar, mediante informe escrito que corre a fs. 26, manifestó lo siguiente: i) La accionante, suscribió dos contratos de naturaleza civil y no laboral, por tiempo definido, el primero del 16 de junio al 31 de diciembre de 2010; aseverando que los primeros días de enero asistió voluntariamente sin el respaldo de la renovación del contrato, reincorporándose a sus funciones desde el 17 de enero hasta el 31 de marzo de 2011, a efecto del segundo contrato; ii) Existió conclusión y cumplimiento de contrato y no así ningún retiro, conforme fue estipulado en la cláusula octava; iii) Por certificado de 31 de marzo de 2011, el cual contiene información errada, al haberse señalado que trabajó ininterrumpidamente desde el 31 de junio de 2010 al 31 de marzo de 2011, contradiciendo el plazo indicado en los mencionados contratos, siendo sorprendido en su buena fe por no tener tiempo para su elaboración y al no haber reparado en las fechas consignadas; y, iv) Advirtió que el padre del hijo de la accionante, es Maestro de Estado; y de igual forma recibió todos los beneficios sociales establecidos por ley, por lo cual rechazó cualquier vulneración a los derechos del niño y a los aludidos por la accionante en su condición de madre.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- Fragmento 8
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. De la flexibilización del principio de subsidiariedad en caso de mujeres embarazadas y/o madres de un niño menor de un año
- La inamovilidad laboral de la mujer en estado de gestación o madre de un niño menor de un año
- III.3. Acerca de los contratos a plazo fijo y la protección a la mujer embarazada
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2.
- 3.
- II. La inamovilidad laboral no se aplicará en contratos de trabajo que por su naturaleza sean temporales, eventuales
- contratos eventuales -con fecha fija-
- CONFIRMAR en parte