Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1218/2013-L
Fecha: 04-Oct-2013
I.2.3. Intervención del Ministerio Público
El representante del Ministerio Público, en audiencia, definió que los arts. 48 inc. 6) de la CPE y 1 de la Ley 975 protegen a la mujer embarazada hasta que el niño tenga un año de edad, por lo cual la madre goza de inamovilidad durante este periodo, sin importar que sea contratada en forma eventual o a plazo fijo; aclarando que las instituciones no están obligadas a su contratación en dichas funciones después de cumplido un año del menor.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- Fragmento 8
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. De la flexibilización del principio de subsidiariedad en caso de mujeres embarazadas y/o madres de un niño menor de un año
- La inamovilidad laboral de la mujer en estado de gestación o madre de un niño menor de un año
- III.3. Acerca de los contratos a plazo fijo y la protección a la mujer embarazada
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2.
- 3.
- II. La inamovilidad laboral no se aplicará en contratos de trabajo que por su naturaleza sean temporales, eventuales
- contratos eventuales -con fecha fija-
- CONFIRMAR en parte