SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1238/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1238/2013-L

Fecha: 23-Oct-2013

ejecutivo referido, cuando sólo es posible aplicar de forma retrospectiva precedentes constitucionales a procesos que se encuentren en curso y no así a aquellos que hubiesen adquirido la calidad de cosa juzgada formal y material muchos años atrás,

Además de lo indicado, se extrae también que las autoridades ahora demandadas, actuaron de forma contraria a la línea establecida por la Sentencia Constitucional glosada en el Fundamento Jurídico III.2., al haber dispuesto la nulidad de obrados hasta el señalamiento de primer remate en el proceso ejecutivo referido, cuando sólo es posible aplicar de forma retrospectiva precedentes constitucionales a procesos que se encuentren en curso y no así a aquellos que hubiesen adquirido la calidad de cosa juzgada formal y material muchos años atrás, como en el caso concreto. Consecuentemente, estas autoridades con este su accionar evidentemente afectaron el derecho al debido proceso de la entidad accionante.

Con relación a los principios de legalidad, seguridad jurídica e irretroactividad de la norma, que se denuncian como vulnerados, se aclara que los mismos no pueden ser tutelados a través de la acción de amparo constitucional, que se halla destinada a la protección de derechos y garantías constitucionales.