Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1629/2013
Fecha: 04-Oct-2013
1)
Por los hechos descritos, el accionante considera vulnerados los siguientes derechos: 1) Al debido proceso; 2) A participar libremente en la formación, ejercicio y control del poder político; 3) Al trabajo; y, 4) Al ejercicio de la función pública para la cual fue electo, citando al efecto los arts. 26.I, 28, 46, 115.II y 144.II inc. 1) y 2) de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Identidad de sujetos, objeto y causas como parámetro para determinar la intervención del Tribunal Constitucional Plurinacional en casos similares
- Fragmento 16
- REVOCAR