SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1629/2013
Fecha: 04-Oct-2013
a)
Refiere haber realizado las siguientes gestiones: a) Mediante escrito de 8 de febrero de 2013, solicitó al Concejo Municipal de San Ignacio de Velasco su restitución inmediata al cargo de Alcalde Municipal, el cual fue respondido negativamente mediante Of. HCMSIV 02/2013 de 6 de marzo, bajo el criterio de que la figura de “restitución”, no se encuentra dentro de las competencias y atribuciones del Concejo Municipal lo que impediría emitir criterio alguno sobre el fondo de la petición; b) Ante esta negativa, mediante carta de 11 de marzo de ese año, solicitó la reconsideración de la RM 148/2012, la cual fue respondida a través de Of. HCMSIV 03/2013 de 25 de marzo, en sentido de que la reconsideración a la citada resolución municipal fue ya activada y resuelta el 12 de noviembre de 2012, lo que cerró la vía administrativa municipal, no siendo admisible admitir y resolver por segunda vez un mismo asunto, el cual fue incluso objeto de un amparo constitucional previo ahora en revisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional; c) Por nota de 27 de marzo de 2013, se puso a conocimiento del pleno del Concejo Municipal la Resolución Fiscal Fundamentada de Sobreseimiento de 26 de igual mes y año, en el cual fue absuelto de pena y culpa en el marco del caso FF004/2011 y que fue causa para la suspensión impuesta, la cual no tuvo respuesta formal ni pronunciamiento legal alguno; y, d) En virtud de la nota de 2 de abril de 2013, se hizo conocer al pleno del Concejo Municipal de San Ignacio de Velasco la providencia de 1 del citado mes y año, mediante la cual el Juez de Instrucción Mixto de San Ignacio de Velasco, aclaró que las medidas sustitutivas que se le impuso no afectan sus derechos fundamentales como el derecho al trabajo, a ejercer cargos públicos electos y demás derechos políticos, carta que tampoco tuvo pronunciamiento legal alguno.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Identidad de sujetos, objeto y causas como parámetro para determinar la intervención del Tribunal Constitucional Plurinacional en casos similares
- Fragmento 16
- REVOCAR