SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1637/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1637/2013

Fecha: 04-Oct-2013

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El representante estima lesionados los derechos del accionante al debido proceso, a la defensa y “a ejercer libremente una profesión”, porque el Ministerio Público inició un proceso indebido en su contra por la presunta comisión del delito de impedir o estorbar el ejercicio de funciones; sin embargo, quien lo denunció no es un funcionario público; transcurrieron más de once meses hasta la fecha de interposición de esta acción, sin que el Fiscal demandado se pronuncie sobre el rechazo de la denuncia; además, en su condición de abogado, no podía ser procesado sin que previamente el Ilustre Colegio de Abogados de La Paz concediera licencia” para el efecto. En consecuencia, corresponde analizar en revisión si los actos denunciados son evidentes a objeto de conceder o denegar la tutela solicitada.