SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1659/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1659/2013

Fecha: 04-Oct-2013

I.2.1. Ratificación de la acción

El abogado del accionante ratificó el contenido de la acción interpuesta, agregando que los actos cometidos tanto por el representante del Ministerio Público y el efectivo policial fueron reclamados ante el Juez de la causa, mediante incidentes de actividad procesal defectuosa y que fueron rechazados por dicha autoridad, formulando la apelación correspondiente.