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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1668/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1668/2013

    Fecha: 04-Oct-2013

    II.7.

    II.7.  El 10 de septiembre de 2012, mediante Notaria de Fe Pública a solicitud verbal de María Teresa Aguilera Antúnez, se verificó el acceso a las oficinas de la administración de la “Asociación de Comerciantes Minoristas Feria La Fortuna”, que se encontraba con cadena y candado, siendo clausuradas el 6 de igual mes y año, cuando la presidenta del excomité electoral procedió al cierre de las oficinas (fs. 23 a 25).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
    • III.2.1. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
    • III.
    • CONFIRMAR en todo

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