Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1770/2013
Fecha: 21-Oct-2013
II.4.
II.4. Por memorándum Cite URRHH 203/2013 de 9 de abril, el Jefe de la Unidad de RR.HH. SEDES Chuquisaca, restituyó a la accionante al cargo de licenciada enfermera del Centro de Salud Thihumayu del municipio de Padilla, disponiendo que se presente a la Coordinadora de Red para asumir sus funciones, con el argumento que fue ese cargo el que ganó mediante concurso de méritos y examen de competencia abierto departamental con el ítem 71591 TGN (fs. 6).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió parcialmente
- i)
- II.1.
- II.1.1.
- II.1.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- -vigente de acuerdo a la configuración procesal contenida en el nuevo texto constitucional-
- III.2. Análisis del caso concreto: Consideraciones de fondo
- inamovilidad laboral
- 1º CONFIRMAR en parte
- 2º Exhortar