Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1861/2013
Fecha: 29-Oct-2013
acción de libertad
En revisión la Resolución 12/2013 de 14 de junio, cursante de fs. 39 a 42, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Iván Azurduy Carranza en representación sin mandato de Luis Fernando Villa Ascarrunz contra Jimena Velásquez Albarracin, Jueza de Instrucción Mixta de la provincia Caranavi del departamento de La Paz; Juan Linares Alarcón, Fiscal de Materia; y, Elías Mamani Catari, funcionario policial.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- “procedente”
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.3. Activación simultánea
- “Cuando el accionante hubiera denunciado los actos restrictivos de su libertad personal o física ante el Juez cautelar, como también, paralela o simultáneamente a la jurisdicción constitucional a través de la acción de libertad, sobreviene también la subsidiaridad”
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16