Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1878/2013
Fecha: 29-Oct-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera lesionado su derecho a la defensa porque las autoridades judiciales demandadas, habiendo determinado en fase de admisión de la demanda contenciosa administrativa la aplicación de la medida precautoria de paralización de la demolición del inmueble dispuesta por Resolución Municipal 146/2011, empero, al momento de resolver la mencionada demanda, no se pronunciaron en ningún sentido sobre la medida precautoria, situación que generó la demolición del inmueble.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- I.3.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia consolidada sobre la legitimación pasiva
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR