Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIACONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1182/2013-L
Fecha: 04-Oct-2013
acción de cumplimiento
En revisión la Resolución 13/12.04.12 de 12 de abril de 2012, cursante de fs. 294 a 296 vta., pronunciada dentro de la acción de cumplimiento interpuesta por Santiago Katshumi Maldonado Rojas en representación legal de Pablo Eduardo Stambuk Ferrufino contra Néstor Julio Enríquez Quiroga, Juez Quinto de Partido Penal de Sustancias Controladas Liquidador y de Sentencia del Distrito Judicial -ahora departamento- de Cochabamba.
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. La acción de cumplimiento y las resoluciones judiciales
- Lo anotado precedentemente, no significa que las autoridades judiciales carezcan de legitimación pasiva en la acción de cumplimiento, pues dicha conclusión no sería coherente con la configuración amplia y general prevista en la Constitución Política del Estado, que ha sido desarrollada en el punto anterior, sino que dichas autoridades pueden ser demandadas cuando el incumplimiento del deber constitucional o legal, cierto, claro y expreso, se de fuera de los procesos judiciales”
- III.3. Análisis del caso concreto
- en tanto el incumplimiento del deber constitucional o legal, cierto, claro y expreso que se exige cumplir se dé fuera de procesos judiciales, presupuesto que no acontece en el presente caso;
- denegado
- CONFIRMAR