SENTENCIACONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1182/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIACONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1182/2013-L

Fecha: 04-Oct-2013

en tanto el incumplimiento del deber constitucional o legal, cierto, claro y expreso que se exige cumplir se dé fuera de procesos judiciales, presupuesto que no acontece en el presente caso;

Sin embargo, la problemática planteada por el accionante no se encuentra en el ámbito de la protección de la acción de cumplimiento, pues como se dijo antes, interpuso la misma, al considerar que el Juez demandado, no se pronunció sobre el incidente presentado ante su autoridad, incumpliendo de esta forma su deber de pronunciarse al respecto con la correspondiente celeridad y prontitud como era su obligación; empero, de acuerdo a la jurisprudencia glosada en los Fundamentos Jurídicos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, la acción de cumplimiento tiene otra finalidad y sólo procede por la omisión en el cumplimiento de un deber claro, expreso y establecido por ley, que pueda ser exigible a una autoridad o servidor público específico y que se halle directa o indirectamente vinculado a la lesión de derechos fundamentales o garantías constitucionales, acción tutelar que puede ser interpuesta contra autoridades jurisdiccionales, en tanto el incumplimiento del deber constitucional o legal, cierto, claro y expreso que se exige cumplir se dé fuera de procesos judiciales, presupuesto que no acontece en el presente caso; toda vez, que el supuesto incumplimiento que se denuncia, con relación al Juez demandado, se halla relacionado a una resolución emitida dentro de un proceso penal, en el cual el accionante fue condenado, motivo que determina que este Tribunal deniegue la tutela solicitada, sin ingresar al fondo de la problemática planteada.