SENTENCIACONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1182/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIACONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1182/2013-L

Fecha: 04-Oct-2013

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante por su representado denunció el incumplimiento de deber de la autoridad demandada; a cuyo efecto citó los arts. 14.I y 115.I y II de la CPE, 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y 25.I de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; por cuanto, no resolvió el incidente de la extinción de la acción penal que le presentó que era de previo y especial pronunciamiento, aplicando el principio de celeridad y prontitud; generando de esta manera, que la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia dicte el Auto Supremo 220, por el que declararon improcedente el recurso de casación interpuesto, provocando que se ejecutorie la injusta resolución en su contra. En consecuencia, corresponde determinar en revisión, si los extremos demandados son evidentes para conceder o denegar la tutela solicitada.