conceder la tutela respecto a todos los derechos fundamentales que fueron vulnerados por las autoridades demandadas,
Por lo que, en virtud a los argumentos expuestos, se evidencia que el Tribunal de garantías, al conceder en parte la acción de amparo constitucional respecto al derecho de petición, no ha evaluado en forma correcta los datos del proceso y las normas aplicables al mismo, por lo que corresponde conceder la tutela respecto a todos los derechos fundamentales que fueron vulnerados por las autoridades demandadas, derechos políticos, al ejercicio de la función pública (arts. 26, 28 y 144 de la CPE); al debido proceso y a la presunción de inocencia (arts. 116 y 117.II de la CPE); el derecho a ser beneficiado con la SCP 2055/2012, tal y como lo establece el art. 123 de la CPE; y el derecho a la petición (art. 24 de la CPE).
- Partes: Enrique Navia Canaza y Aníbal Iván Salazar Cahuaya,
- I. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA SC 1820/2013
- II.1. Respecto al modelo de control de constitucionalidad en nuestra Constitución Política del Estado y los efectos en el tiempo de las Sentencias que declaran la inconstitucionalidad de las normas impugnadas
- II.2. Sobre la SCP 2055/2012 de 16 de octubre y sus efectos
- II.3. Sobre el derecho de petición
- II.4. Análisis del caso concreto
- II.4.1. Sobre la vulneración del derecho de petición del accionante
- II.4.2. Respecto a la aplicabilidad de la SCP 2055/2012
- II.4.3. Sobre la falta de respuesta de las autoridades demandadas
- conceder la tutela respecto a todos los derechos fundamentales que fueron vulnerados por las autoridades demandadas,
