SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1937/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1937/2013

Fecha: 04-Nov-2013

II.1.

II.1.  Mediante contrato de trabajo suscrito el 18 de enero de 2012, Juan Nacer Villagómez Ledezma, Presidente del Concejo Municipal de Sucre -hoy codemandado-, contrató los servicios de Néstor René León Ballejos -ahora accionante-, para desempeñar las funciones de Asesor Legal V de la Comisión de Desarrollo Económico, Financiero, Gestión Administrativa y Legal, con vigencia desde esa fecha hasta el 21 de diciembre de 2012. En la cláusula quinta del contrato, se establece expresamente que si el servidor público incurre o contraviene una de las causales de prohibición o de  incompatibilidades previstas en la Ley de Municipalidades, Reglamentos de la institución, Ley 1178, Decretos Reglamentarios y otras causales, el Concejo Municipal se reserva el derecho de prescindir de sus servicios y dejar sin efecto el contrato, sin ninguna responsabilidad para la institución (fs. 1 y 129).