SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1937/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1937/2013

Fecha: 04-Nov-2013

III.3.  Análisis del caso concreto

         Ahora bien, pese a que dicha situación fue advertida por el propio accionante, quien en su memorial de demanda señala que la decisión adoptada por el Concejo Municipal en su contra no fue “unánime”, detallando seguidamente el resultado de la votación; es en ese sentido, de acuerdo con la jurisprudencia precedentemente glosada, que le correspondía dirigir su acción contra todos y cada uno de los Concejales que apoyaron o votaron a favor de la Resolución que estima lesiva a sus derechos, omisión formal que en fase de revisión, conforme se vio, determina que se deba denegar la tutela, sin ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada, por cuanto conforme lo apuntó la misma jurisprudencia, podría lesionarse el derecho a la defensa de quienes no fueron demandados y en su caso ser sancionados o determinarse su responsabilidad, sin que previamente sean escuchados, lo cual resulta incompatible con el orden constitucional.