SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1937/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1937/2013

Fecha: 04-Nov-2013

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia lesión a sus derechos al debido proceso, al trabajo, a la estabilidad laboral, a la dignidad y a no ser discriminado; toda vez que fue contratado en el cargo de asesor legal de una Comisión del Concejo Municipal, hasta el 21 de diciembre de 2012; empero, Juan Nacer Villagómez Ledezma, entonces Presidente del ente deliberante, pese a no haber incurrido en las prohibiciones o incompatibilidades que se señalan en la cláusula quinta del contrato, sin ningún sustento legal ni proceso previo, determinó rescindir el mismo, inobservando el plazo establecido, aduciendo únicamente que era personal de libre nombramiento; por lo que interpuso recurso de revocatoria contra el memorándum de destitución, que fue confirmado por otro memorándum dictado por la misma autoridad, a lo que interpuso recurso jerárquico, resuelto por el Concejo Municipal, ratificando los dos anteriores memorándums, a través de una Resolución que no fue unánime, pues cinco concejales votaron a favor, tres en blanco y tres expresaron la necesidad de iniciar proceso administrativo. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.