SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1962/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1962/2013

Fecha: 04-Nov-2013

i)

El Fiscal demandado en audiencia, señaló que: i) El accionante mediante memorial de 17 de agosto, solicitó la suspensión de la declaración informativa con el justificativo de su estado de salud, a lo cual refiere adjuntar recetas médicas, pero no lo hizo y al constituir riesgo procesal de obstaculización rechazó la solicitud y dispuso la emisión de mandamiento de aprehensión, siendo ejecutado el mismo por un funcionario policial el 7 de septiembre de 2012, en inmediaciones de la av. Raúl Salmón, piso 3, oficina 19 y no al apersonarse a su autoridad; ii) Es falso que haya dispuesto medidas cautelares y afirma que el accionante pretende que el Juez de garantías efectúe una suerte de saneamiento procesal saltándose al Juez cautelar en lo que más parece el planteamiento de un incidente de actividad procesal defectuosa; además, el principio de incomunicabilidad está inserto en el art. 24 del CP y la resolución de imputación formal cumple con lo preceptuado por Ley; y, iii) Los imputados fueron notificados legalmente y la Jueza ante su inasistencia declaró su rebeldía y si el acta contiene errores de transcripción por estafa es un error material cometido por la Secretaria quien es la funcionaria que labra la misma.