SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1989/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1989/2013

Fecha: 04-Nov-2013

II.10.

II.10.La Jueza Tercera Disciplinaria de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de Santa Cruz, dictó la Resolución 05/2012 de 17 de septiembre, declarando “PROBADA” en parte la denuncia contra Juan José Paniagua Cuéllar, Juez Cuarto de Sentencia Penal, en relación a la falta disciplinaria, determinada en el art. 187.7 de la LOJ, improbada la falta disciplinaria establecida en el art. 187.8 de la indicada norma, y dispuso la suspensión de un mes, sin goce de haberes contra el procesado, bajo los siguientes fundamentos: 1) El hecho de no haber ejercido su derecho de defensa y desvirtuar la denuncia en su contra; 2) La constancia de entrega de la “Sentencia Original” sin registro del Juzgado a la abogada litigante, dejan ver que hubo una conducta inapropiada; y, 3) El horario indicado en la denuncia, mismo que ha sido corroborado tanto por las declaraciones testificales como por la denuncia verbal sentada oportunamente en la Unidad de Régimen Disciplinario (fs. 114 a 118 vta.).