SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1995/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1995/2013

Fecha: 04-Nov-2013

1)

El Tribunal de garantías, atendiendo la solicitud de la defensa, enmendó la Resolución pronunciada, disponiendo que: 1) Las autoridades demandadas, en el día remitan las actuaciones del cuaderno de apelación al juzgado de origen; y, 2) El Juez Sexto de Instrucción en lo Penal a cargo del control jurisdiccional, señale audiencia y resuelva la situación jurídica del accionante en el plazo de cuarenta y ocho horas.